Bonificación municipal del Impuesto de Plusvalías
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo provisional adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Cuevas del Becerro en sesión ordinaria de 9 de noviembre de 2018 de modificación de la Ordenanza fiscal número 4 reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Se modifica el artículo 12 según el siguiente detalle:
“Artículo 12.- Tipo de gravamen, cuota tributaria y bonificaciones.-
12.1. El Tipo de gravamen del impuesto queda fijado en el 19 por 100, que será único para los distintos períodos de generación del incremento.
12.2. La cuota íntegra del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible calculada conforme a las reglas establecidas en los artículos anteriores el tipo de gravamen.
12.3. Gozarán de una bonificación del 95 por 100 en la cuota íntegra del Impuesto las transmisiones de terrenos en los que esté enclavada la vivienda familiar, así como la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio que afecten a la misma, realizadas a título lucrativo por causa de muerte, a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes”.
Las modificaciones entrarán en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, y regirá durante un plazo indefinido hasta que el Ayuntamiento Pleno decida su modificación o derogación expresa.
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